Consulta aquí las bases del Cestón #SOSREALMURCIA
30/01/2019
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La Federación de Peñas Murcianistas (en adelante Fepemur o la Federación), domiciliada en Avenida del Estadio s/n (30110 Churra – Murcia) y provista de CIF V-73334500, realizará una promoción consistente en el sorteo de una cesta con los productos donados por empresas colaboradoras.
La promoción se regirá por las siguientes:
BASES
Primera: Objeto de la promoción.- Ayudar al Real Murcia Club de Fútbol, SAD en el marco de la campaña #SOSRealMurcia desarrollada por la Federación, con el objeto de contribuir a la salvación de una institución que se encuentra en una situación crítica como consecuencia de la gestión nefasta de anteriores dirigentes.
La totalidad del beneficio irá destinada al Real Murcia Club de Fútbol, SAD.
Segunda: Duración de la promoción.- El sorteo se realizará el próximo 19 de marzo de 2019 resultando ganador el poseedor de la papeleta cuya numeración coincida con el primer premio del sorteo de la ONCE que se celebra dicho día.
Tercera: Ámbito geográfico.- La promoción no tiene limitación geográfica, pero el premio deberá ser recogido personalmente por el agraciado o persona designada por él. En caso de que se precise el envío del premio, los gastos asociados a tal envío serán por cuenta del ganador.
Cuarta: Ámbito personal.- La promoción va dirigida a todos aquellas personas que adquieran papeletas del sorteo sin que exista incompatibilidad con miembros de la Federación de Peñas, de la Plataforma de Apoyo al Real Murcia o del Real Murcia CF, SAD.
Quinta: Premio.- Se sorteará una cesta de productos donados por personas, entidades y empresas colaboradoras, pudiendo completarse el cestón durante el transcurso de la promoción. Los premios estarán publicados, al menos, en la página web de la Federación de Peñas y de la Plataforma de Apoyo al Real Murcia.
El premio se adjudicará al poseedor de la papeleta cuya numeración coincida con el número ganador del sorteo del día del padre de la ONCE que se celebrará el 19 de marzo de 2019.
Si el premio quedara desierto por no haberse vendido la citada papeleta o no reclamar el mismo el ganador durante los 90 días naturales siguientes, se reserva la Federación de Peñas el derecho a realizar nuevo sorteo de los citados bienes en su conjunto, o varios sorteos con lotes de aquellos productos.
Sexta: Productos participantes en la promoción.- Las personas, empresas y entidades que quieran colaborar a nutrir la cesta, podrán ofertar su producto a la Federación a través del correo secretaria.fepemur@gmail.com, que decidirá su inclusión o no en el cestón.
Los productos participantes así como la empresa que los dona, serán anunciados de forma conveniente por la Federación.
Séptima: Mecánica de la promoción.- La participación se llevará a cabo mediante cualquiera de las dos formas siguientes:
- Compra física de papeletas en la sede de la Federación de Peñas, taquillas o tienda del Real Murcia, CF, SAD, accesos al estadio y a través de las distintas peñas federadas o empresas colaboradoras y deberán haber sido abonadas con una antelación mínima de 12 horas al sorteo.
- Por Internet. A través del portal www.compralaentrada.com, único servicio autorizado de venta online y que facilitará a quien compre su papeleta por esta vía la numeración correspondiente a su participación en el momento de la compra.
Octava: Limitación en la participación.- No existe limitación en cuanto al número de papeletas que se pueden adquirir ni incompatibilidad de participación por ambas vías citadas en la base séptima.
Novena: Entrega del premio.- El premio deberá ser reclamado por el ganador en los 90 días naturales siguientes a la realización del sorteo en la sede de la Federación de Peñas, las oficinas del Real Murcia CF, SAD o a través del correo secretaria.fepemur@gmail.com
Décima: Acto de entrega.- El Real Murcia CF, SAD y la Federación de Peñas Murcianistas se reservan el derecho de realizar un acto público de entrega del premio al ganador y a su difusión por cuantos medios considere oportuno.
Este derecho se entenderá extendido a aquellas empresas y entidades que, con sus productos y servicios, colaboren en la elaboración de la cesta.
Décimo primera: Difusión de la promoción.- La promoción se dará a conocer a través de los siguientes medios, con carácter enunciativo pero no limitativo:
– Redes sociales, página web y demás soportes de la Federación de Peñas Murcianistas.
– Redes sociales, página web y demás soportes de la Plataforma de Apoyo al Real Murcia.
– Redes sociales, página web y demás soportes del Real Murcia CF, SAD
– Cartelería física.
Décimo segunda: Tratamiento de datos personales.- La citada promoción no conlleva la recogida de datos personales de ningún tipo de los participantes, excepto cuando la compra se realiza por vía telemática.
No obstante lo anterior, los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos), así como su imagen y el acto de entrega puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que la Federación y/o el Real Murcia CF estimen más convenientes.
Los datos personales facilitados por los participantes vía telemática (a través de Compralaentrada) no se integrarán a ningún fichero con voluntad de permanencia. Dichos datos se tratarán únicamente con la finalidad de gestionar la promoción, y garantizar la identidad del poseedor de la papeleta hasta que se produzca la realización del sorteo y, en su caso, entrega del premio. Dichos datos serán eliminados posteriormente a la realización del sorteo, asegurando de este modo la salvaguarda de su privacidad.
Décimo tercera: Derechos de imagen.- Dado el fin que también posee la promoción de difusión de la situación del Real Murcia y el publicitario que puede existir de quienes realicen aportaciones al cestón objeto del presente sorteo, el ganador deberá aceptar que su imagen, nombre y voz puedan ser utilizados a los efectos de informar sobre el resultado de dicho sorteo.
Dicha cesión se realizará durante un plazo de tiempo de dos años y con ámbito territorial de España. El ganador deberá firmar un documento específico de cesión de los mencionados derechos antes de la recepción del premio, el cual se considerará justa compensación de la cesión efectuada.
Décimo cuarta: Fiscalidad.- El ganador del sorteo estará obligado a atender cuantas obligaciones fiscales pudieran derivar de la obtención del premio, eximiéndose a la Federación de Peñas de cualquier responsabilidad u obligación al respecto.
Décimo quinta: Aceptación de las bases.- La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.